Contratos del día a día
Clientes, proveedores, distribución, agencia, confidencialidad y condiciones generales de venta. Revisión antes de firmar y plantillas propias para lo repetitivo.
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El departamento jurídico que tu empresa necesita sin tener que contratarlo. Por cuota mensual si quieres continuidad, o por asunto si solo tienes un frente abierto.
Hay empresas que necesitan a un abogado una vez al año y otras que lo necesitan cada semana. Forzar a las primeras a pagar una cuota, o a las segundas a pedir presupuesto cada vez que surge algo, es una mala idea en los dos sentidos.
Por eso trabajamos de dos maneras. Por cuota mensual, para empresas con actividad continua: consultas ilimitadas, revisión de los contratos del día a día y seguimiento de los asuntos abiertos, con tarifa reducida para lo que vaya a juicio. Por asunto, con presupuesto cerrado, cuando lo que hay es un frente concreto.
Si lo que buscas es específicamente el área mercantil, la tienes detallada en abogados de derecho mercantil en Madrid. En los dos casos el cliente tiene el mismo interlocutor y el mismo teléfono. Lo que cambia es cómo se factura, no quién te atiende.
Un solo despacho para lo jurídico del negocio. Cuando un asunto exige un especialista que no somos, lo decimos y te ayudamos a buscarlo.
Clientes, proveedores, distribución, agencia, confidencialidad y condiciones generales de venta. Revisión antes de firmar y plantillas propias para lo repetitivo.
Consultar por teléfono →Pacto de socios, juntas, actas, nombramientos y todo lo que evita que una discusión entre socios acabe paralizando la empresa.
Consultar por teléfono →Contratación, despidos, inspecciones y conflictos con la plantilla, de la mano del <a href='/abogado-laboralista-madrid'>área laboral</a> del despacho. Tienes la <a href='/calculadora'>calculadora de indemnización</a> para hacer números tú mismo.
Consultar por teléfono →Impagos de clientes, reclamación de cantidad y defensa frente a reclamaciones que te hagan a ti. Con criterio de coste-beneficio antes de pleitear.
Consultar por teléfono →Revisión de los puntos por los que un administrador acaba respondiendo con su patrimonio: disolución tardía, deudas tributarias y falta de formalidades.
Consultar por teléfono →Entrada de inversores, compra o venta de la empresa, <a href='/fusiones-y-adquisiciones'>fusiones y adquisiciones</a> y reorganización del grupo.
Consultar por teléfono →Nos cuentas el caso por teléfono o WhatsApp. Sin compromiso y sin coste.
Te decimos qué opciones tienes, qué riesgo asume cada una y cuánto cuesta.
Firmas una hoja de encargo con el precio pactado. No hay extras.
Trabajamos el asunto y te informamos en cada hito, sin que tengas que perseguirnos.

No hace falta que prepares documentación. Con saber a qué te dedicas, cuántos socios sois, si tenéis plantilla y qué contratos firmáis habitualmente, podemos decirte dónde está el riesgo y cuánto cuesta cerrarlo.
Depende del tamaño de la empresa y del volumen real de consultas, así que la fijamos después de la primera conversación y no antes. Lo que sí es fijo es el criterio: la cuota cubre el asesoramiento continuado y la revisión documental, y los procedimientos judiciales van aparte con tarifa reducida. Te damos el número por escrito antes de que te comprometas a nada.
Son cosas distintas y conviene no confundirlas. La gestoría lleva la contabilidad, los impuestos y las nóminas: el cumplimiento periódico. El abogado se ocupa de lo que tiene consecuencias jurídicas —qué firmas, cómo respondes, qué reclamas y con qué plazo—. Trabajamos con la gestoría del cliente sin problema; de hecho es lo habitual y lo más eficiente.
No. La mayor parte de nuestros clientes son pymes, autónomos con actividad y empresas familiares. Son precisamente los que no tienen departamento jurídico propio y los que más se juegan cuando algo sale mal, porque no hay estructura que absorba el golpe.
Para un cliente con cuota mensual hay un canal directo y se atiende. Para el resto, el horario es de lunes a sábado de 8:00 a 21:00, que ya es amplio. Lo importante es que casi nada de lo que parece urgente en derecho de empresa lo es de verdad en el sentido de horas; lo que sí corre son los plazos, y por eso conviene llamar el día que llega el requerimiento y no la semana siguiente.
¿Tu duda no está aquí? Llámanos y te la resolvemos en la misma llamada.