Derecho laboral
Por qué el despido es un asunto de plazos y de cifras
Cuando llega la carta de despido, hay dos errores habituales: firmar sin leer y esperar demasiado para llamar a un abogado. El plazo para impugnar un despido es de veinte días hábiles desde la fecha de efectos. Ese plazo es de caducidad, no de prescripción: si pasa, no hay nada que hacer.
Lo segundo es la cifra. La indemnización que ofrece la empresa puede estar bien calculada o puede no estarlo, y verificarlo requiere revisar el contrato, los complementos y la antigüedad real, no la que consta en la nómina. Nuestras calculadoras te permiten hacer el primer número tú mismo: calculadora de indemnización por despido y calculadora de finiquito.
En Gómez Villar Abogados nos encargamos de los tres tipos de despido que llegan al despacho: improcedente, objetivo y disciplinario. La primera consulta es gratuita.