Preconcurso y negociación
Comunicación de negociaciones al juzgado, apertura del período de protección y negociación del plan de reestructuración con los acreedores principales.
Consultar por teléfono →
En concursal el calendario manda. Un despacho de barrio de Salamanca que conoce los juzgados mercantiles de Madrid y trabaja el asunto desde la negociación previa hasta el cierre del procedimiento.
En derecho concursal, la diferencia entre poder hacer algo y no poder hacerlo es cuestión de semanas. Los instrumentos preventivos —comunicación de negociaciones, plan de reestructuración— exigen actuar antes de que la insolvencia sea actual y antes de que el plazo de dos meses para solicitar el concurso venza. Por eso, lo primero que hacemos en cualquier consulta es determinar en qué punto del proceso está la empresa y qué plazo corre.
Como despacho de abogados de derecho concursal en Madrid, cubrimos tanto la parte preventiva —negociación con acreedores antes del concurso— como la judicial: concurso voluntario, defensa del administrador en la sección de calificación y asistencia al acreedor para comunicar y defender su crédito.
Estamos en Velázquez 15, barrio de Salamanca, y llevamos asuntos ante los Juzgados de lo Mercantil de Madrid. La primera consulta no tiene coste y no compromete a nada.
Para la empresa en dificultades y para el acreedor que quiere cobrar.
Comunicación de negociaciones al juzgado, apertura del período de protección y negociación del plan de reestructuración con los acreedores principales.
Consultar por teléfono →Preparación y presentación de la solicitud, representación en la fase común, coordinación con la administración concursal y defensa en convenio o liquidación.
Consultar por teléfono →Defensa del administrador en la sección de calificación para evitar la calificación culpable y sus consecuencias patrimoniales personales.
Consultar por teléfono →Comunicación del crédito, clasificación, impugnación de la lista si es incorrecta y seguimiento del cobro en la fase de convenio o liquidación.
Consultar por teléfono →El procedimiento especial de la reforma de 2022, más ágil y menos costoso, para empresas que cumplen los umbrales legales de tamaño.
Consultar por teléfono →Exoneración del pasivo insatisfecho para la persona física —incluido el autónomo— que no puede pagar y cumple los requisitos legales.
Consultar por teléfono →Nos cuentas el caso por teléfono o WhatsApp. Sin compromiso y sin coste.
Te decimos qué opciones tienes, qué riesgo asume cada una y cuánto cuesta.
Firmas una hoja de encargo con el precio pactado. No hay extras.
Trabajamos el asunto y te informamos en cada hito, sin que tengas que perseguirnos.

Cuanto antes se mira, más opciones quedan. En una llamada de quince minutos podemos decirte en qué situación legal está la empresa y qué conviene hacer. Primera consulta gratuita.
Los Juzgados de lo Mercantil de Madrid, que tienen competencia exclusiva en concursos de acreedores y en determinadas materias societarias y de competencia desleal. En Madrid capital hay varios juzgados de lo mercantil, con reparto por sorteo. El concurso de microempresas sigue una tramitación predominantemente telemática con criterios propios.
El preconcurso —comunicación de negociaciones— es una fase previa y voluntaria en la que la empresa anuncia al juzgado que está negociando con sus acreedores y obtiene un período de protección durante el cual, con ciertos límites, se paralizan las ejecuciones y el deber de solicitar el concurso. El concurso propiamente dicho ya es un procedimiento judicial que afecta a toda la masa de acreedores y en el que interviene el juez y la administración concursal.
Depende del tamaño del pasivo y de la complejidad. Los costes incluyen honorarios de abogado, retribución de la administración concursal —que se paga con cargo a la masa— y tasas judiciales. Para las empresas que encajan en el procedimiento de microempresas el coste es considerablemente menor porque la tramitación es más sencilla. Lo primero que hacemos es determinar qué procedimiento corresponde.
En el concurso voluntario el criterio habitual es la intervención, no la sustitución: sigues gestionando pero necesitas la conformidad de la administración concursal para determinados actos. En el concurso necesario o en casos de conducta previa problemática el juez puede acordar la suspensión, que supone que pasa a gestionar directamente la administración concursal. Es una de las primeras cosas que hay que mirar en el auto de declaración.
¿Tu duda no está aquí? Llámanos y te la resolvemos en la misma llamada.