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Juzgado de Madrid donde se tramitan procedimientos por delitos contra el honor

Abogado delitos contra el honor en Madrid

La injuria y la calumnia son delitos contra el honor regulados en el Código Penal. Con la extensión del contenido en internet y redes sociales, los supuestos han aumentado y la prueba digital tiene reglas propias.

Injurias y calumnias Difamación digital Primera consulta gratuita
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La primera consulta
Expediente de un procedimiento por delitos contra el honor en el despacho de Madrid
Velázquez 15Barrio de Salamanca, Madrid
Derecho penal

Injurias, calumnias y difamación en España

Los delitos contra el honor están tipificados en los artículos 205 a 216 del Código Penal. Hay dos figuras: la calumnia, que es la imputación de un delito a sabiendas de su falsedad o con temerario desprecio hacia la verdad, y la injuria, que es la expresión o acción que lesiona la dignidad de una persona menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.

La diferencia entre una y otra no es solo de gravedad: la calumnia exige la imputación de un delito concreto; la injuria puede ser cualquier expresión grave. Ambas requieren que la conducta sea lo suficientemente seria como para superar el filtro del principio de intervención mínima del derecho penal: no toda crítica áspera o comentario hiriente es un delito.

En Gómez Villar Abogados intervenimos tanto en la defensa de quien ha sido acusado de estos delitos como en la acusación particular de quien ha sido víctima. Si el asunto tiene una dimensión de vulneración de datos o de derecho al olvido digital, lo coordinamos con las vías administrativas ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Qué hacemos

Situaciones en las que actuamos

Los supuestos más frecuentes de delitos contra el honor que llegan al despacho.

Derecho penal

Calumnia: imputación falsa de delito

Imputar a alguien un delito que no ha cometido, a sabiendas o con temerario desprecio hacia la verdad. El bien jurídico protegido es distinto al de la injuria: aquí se ataca directamente la presunción de inocencia.

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Injurias graves con o sin publicidad

Las injurias graves con publicidad —en prensa, internet, redes sociales o cualquier medio que amplíe la difusión— tienen penas superiores a las cometidas en privado.

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Difamación en internet y redes sociales

La prueba del contenido digital exige preservación antes de que se retire: capturas con acreditación de fecha y hora, obtención mediante acta notarial o solicitud judicial de conservación de datos al proveedor.

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Defensa frente a acusación de injuria o calumnia

Las excepciones de verdad, el animus criticandi y la libertad de expresión son los principales escudos en la defensa. El contexto del mensaje y el carácter público del afectado condicionan mucho el resultado.

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Indemnización por daños al honor

La condena por delitos contra el honor puede incluir indemnización por el daño moral causado. El importe depende de la difusión, la gravedad y las circunstancias personales del perjudicado.

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Retractación y plazo de prescripción

La retractación del acusado puede reducir la pena. El delito de injuria prescribe a los dos años; el de calumnia, a los tres. La prescripción empieza a correr desde el día en que se cometió el delito.

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Cómo trabajamos

Cuatro pasos, sin sorpresas y sin facturas inesperadas

01

Llamada de 15 minutos

Nos cuentas el caso por teléfono o WhatsApp. Sin compromiso y sin coste.

02

Diagnóstico por escrito

Te decimos qué opciones tienes, qué riesgo asume cada una y cuánto cuesta.

03

Presupuesto cerrado

Firmas una hoja de encargo con el precio pactado. No hay extras.

04

Ejecución y seguimiento

Trabajamos el asunto y te informamos en cada hito, sin que tengas que perseguirnos.

Mesa del despacho donde se analiza un caso de delito contra el honor
Hablemos hoy

¿Te han injuriado o te acusan de ello? Cuéntanos qué pasó.

En una primera conversación te decimos si el hecho tiene relevancia penal, qué pruebas hay que preservar y cuáles son las opciones reales de acción o de defensa. La primera consulta es gratuita.

605 07 26 03 Lunes a sábado · 08:00 – 21:00
Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre delitos contra el honor

La calumnia es la imputación de un delito concreto que se sabe falso o que se afirma con temerario desprecio hacia la verdad. La injuria es cualquier expresión o acción que lesiona gravemente la dignidad de una persona, sin necesidad de imputar un delito. La calumnia es más grave porque ataca directamente la presunción de inocencia; la injuria requiere que la expresión sea suficientemente seria para superar el umbral penal.

Puede serlo si reúne los elementos del tipo: que sea una imputación de delito (calumnia) o una expresión que lesione gravemente la dignidad (injuria grave), y que supere el filtro de la intervención mínima penal. Una crítica dura, una reseña negativa o una opinión desfavorable, aunque sean injustas o falsas, no son automáticamente un delito. El contexto, la gravedad y la difusión son determinantes.

La prueba digital es el punto más crítico. Lo primero es preservar el contenido antes de que se borre: captura de pantalla con acreditación de fecha y hora, mejor mediante acta notarial. Si el contenido ya ha sido retirado, se puede solicitar la conservación de datos al proveedor del servicio o recurrir a los logs de acceso. La identificación del autor, cuando publica de forma anónima, requiere resolución judicial.

Sí. La sentencia condenatoria puede incluir la orden de retirar el contenido y publicar la sentencia en el mismo medio donde se difundió la injuria o calumnia. Al margen del proceso penal, también existe la vía de la Agencia Española de Protección de Datos para el derecho al olvido, y la vía civil para la tutela del derecho al honor según la Ley Orgánica 1/1982.

¿Tu duda no está aquí? Llámanos y te la resolvemos en la misma llamada.

¿Tienes un caso de injuria o calumnia? La primera consulta es gratuita. Llámanos al 605 07 26 03.

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